El Gobierno apeló el fallo que ordena aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

El Gobierno nacional apeló la sentencia judicial que declaró parcialmente inconstitucional el decreto que suspendía la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó su cumplimiento inmediato. El Ejecutivo argumentó que la medida compromete el equilibrio fiscal y genera consecuencias presupuestarias de gran magnitud.

El recurso fue presentado por el Ministerio de Capital Humano, que conduce Sandra Pettovello, contra la resolución del juez federal Martín Cormick, quien dejó sin efecto la suspensión de la Ley 27.795 dispuesta mediante el Decreto 759/2025.

En su presentación, el Gobierno sostuvo que la sentencia provoca un “gravamen irreparable” y genera “agravios concretos y de significativa gravedad institucional”, al ordenar la ejecución de la normativa sobre la base de una interpretación que considera arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario.

Según el Ejecutivo, el cumplimiento de la ley implica gastos de gran magnitud que comprometen el equilibrio de las cuentas públicas, sin identificar una fuente de financiamiento específica y suficiente.

Desde Capital Humano también cuestionaron la procedencia del amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA). Argumentaron que esa vía judicial no resulta adecuada para resolver una controversia que requiere determinar montos, fuentes de financiamiento y alcances normativos.

En relación con los recursos necesarios, el Gobierno planteó que la Ley 24.629 debe interpretarse conjuntamente con las leyes 24.156 y 27.798, que regulan la autorización y ejecución del gasto público.

“Si los mayores gastos deben financiarse mediante reasignaciones, ello supone necesariamente reducir créditos destinados a otras finalidades”, señalaron desde el Ministerio.

Además, advirtieron que la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario “exigiría reasignar el 90,30% de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado Nacional”.

Otro de los argumentos oficiales apunta a la división de poderes. Según la presentación, la confirmación del fallo implicaría imponer al Poder Ejecutivo la ejecución de gastos sin resolver previamente su compatibilidad con el régimen de administración financiera y el Presupuesto vigente.

Con esta apelación, el Gobierno busca revertir la sentencia que declaró parcialmente inconstitucional el Decreto 759/2025, en medio de los reclamos del sector universitario por la asignación de partidas presupuestarias y la convocatoria a paritarias para docentes y no docentes.

Los antecedentes de la Ley de Financiamiento Universitario

La Ley 27.795 fue sancionada en agosto de 2025 y posteriormente vetada por el presidente Javier Milei. Sin embargo, el Congreso insistió con su aprobación mediante las mayorías de dos tercios necesarias en ambas cámaras.

La Cámara de Diputados rechazó el veto el 17 de septiembre, mientras que el Senado completó el procedimiento el 2 de octubre de ese año.

La normativa contempla la actualización de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas, la recomposición salarial de docentes y no docentes, y la actualización de las becas estudiantiles de acuerdo con la inflación. También establece la convocatoria obligatoria a paritarias y la asignación de recursos para investigación.

Tras la decisión del Congreso, el Ejecutivo promulgó la ley mediante el Decreto 759/2025, publicado el 21 de octubre. No obstante, suspendió su ejecución hasta que se identificaran las fuentes de financiamiento y se incorporaran las partidas correspondientes al Presupuesto.

Para justificar esa medida, el Gobierno invocó el artículo 5 de la Ley 24.629, que establece la necesidad de prever los recursos destinados a financiar normas que generan nuevos gastos.

La controversia llegó a la Justicia a partir de una presentación del Consejo Interuniversitario Nacional y las universidades.

En diciembre de 2025, el juez Cormick dictó una medida cautelar que ordenó aplicar los artículos 5 y 6 de la ley, vinculados con salarios y becas. La decisión fue confirmada por la Cámara y quedó firme el 25 de junio de 2026, cuando la Corte Suprema declaró inadmisible un recurso presentado por el Estado, debido a que no estaba dirigido contra una sentencia definitiva.

Sin embargo, ese pronunciamiento no resolvió la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.

Durante septiembre, el magistrado intimó al Gobierno a acreditar el cumplimiento total de la medida cautelar en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de multas diarias.

El Ejecutivo cuestionó esa resolución y aseguró que había cumplido con sus obligaciones mediante aumentos salariales, negociaciones paritarias y actualizaciones de becas.

Finalmente, el 6 de octubre, Cormick dictó la sentencia de fondo que ahora fue apelada y ordenó el cumplimiento inmediato de la ley.

El magistrado consideró que el mecanismo utilizado por el Ejecutivo para suspender su aplicación funcionó, en los hechos, como una nueva instancia de veto no contemplada por la Constitución, después de que el Congreso ratificara la normativa.

Convocan a una nueva marcha federal universitaria

En medio del conflicto, el sector universitario convocó a la quinta Marcha Federal Universitaria, prevista para el próximo 15 de octubre.

La movilización forma parte de un plan de lucha que contempla alrededor de 13 jornadas de paro nacional y distintas medidas de fuerza escalonadas.

“Nos volvemos a encontrar para defender la universidad pública”, expresaron los rectores al convocar a la manifestación, que buscará visibilizar los reclamos por el financiamiento de las universidades, la recomposición salarial y el cumplimiento de la ley.

Fuente: Diario Popular

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