La Justicia sobreseyó al presidente Javier Milei y a su hermana Karina en la causa $LIBRA

El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi sobreseyó al presidente Javier Milei, a su hermana y secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y al resto de los imputados en la causa por el lanzamiento y posterior desplome de la criptomoneda $LIBRA, al considerar que los hechos investigados no constituyen delito.

La resolución también alcanzó a los traders Mauricio Novelli, Manuel Terrones Godoy y Sergio Morales; al creador del criptoactivo, el estadounidense Hayden Davis; y a Chyi Haur Peh, conocido como Julian Peh, María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Camilo Rodríguez Blanco y Orlando Mellino.

La decisión fue adoptada luego de que el fiscal Eduardo Taiano solicitara el sobreseimiento de los acusados. En paralelo, las querellas fueron apartadas del expediente, aunque permanecen pendientes de resolución recursos de queja presentados ante la Cámara Federal de Casación Penal.

El magistrado consideró que el pedido fiscal estaba debidamente fundamentado y que, tras la exclusión de los inversores que habían sido admitidos como querellantes, no existía una acusación autónoma que permitiera continuar con el proceso. Los imputados fueron sobreseídos sin haber sido convocados a prestar declaración indagatoria.

Los fundamentos del fallo

La investigación se inició a partir de denuncias relacionadas con el lanzamiento de $LIBRA, ocurrido el 14 de febrero de 2025. Ese día, Milei publicó en su cuenta de X un mensaje en el que presentaba el proyecto Viva la Libertad Project como una iniciativa privada destinada a financiar emprendimientos argentinos.

Tras la publicación presidencial, el valor del token registró una fuerte suba y, pocas horas después, sufrió un pronunciado desplome. Las denuncias señalaban que numerosos inversores habían resultado perjudicados económicamente, mientras que un grupo reducido de tenedores habría retirado alrededor de 100 millones de dólares.

Sin embargo, Martínez De Giorgi coincidió con la fiscalía en que esa secuencia no resultaba suficiente para acreditar una estafa. Según explicó, era necesario demostrar la existencia de una maniobra engañosa concreta, un error inducido en los compradores y un perjuicio económico directamente relacionado con ese engaño.

El juez sostuvo que la investigación no logró identificar una afirmación falsa específica que hubiera llevado a los inversores a adquirir la criptomoneda. También destacó que las denominadas memecoins operan en un mercado caracterizado por su elevada volatilidad y que una pérdida económica no implica, por sí misma, la comisión de un delito.

La publicación de Javier Milei

En relación con la conducta del Presidente, el fallo descartó la configuración de los delitos de abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con la función pública.

El magistrado señaló que no se acreditó que la promoción de $LIBRA constituyera un acto oficial ni que hubiera existido una resolución administrativa, una orden o una intervención estatal vinculada con el proyecto.

Para fundamentar esa conclusión, tuvo en cuenta un informe de la Secretaría Legal y Técnica, que indicó que no existían registros de actuaciones administrativas relacionadas con el criptoactivo.

También consideró una evaluación de la Oficina Anticorrupción, según la cual la publicación fue realizada desde una cuenta personal, sin utilización de recursos públicos ni difusión mediante los canales institucionales de la Presidencia.

En consecuencia, el juez entendió que no se había demostrado una intervención de Milei en una operación estatal ni un interés particular en contratos gestionados por la administración pública. Asimismo, indicó que no se encontró documentación que acreditara un acuerdo confidencial entre el mandatario y Hayden Davis.

La situación de Karina Milei

Respecto de la secretaria general de la Presidencia, la resolución descartó la existencia de elementos suficientes para configurar el delito de tráfico de influencias.

Durante la investigación se analizaron documentos y archivos recuperados del teléfono celular de Mauricio Novelli, entre ellos una propuesta de acuerdo sin firmas y una nota que mencionaba un supuesto entendimiento con una persona identificada como “H”, que sería Hayden Davis.

El fallo señaló que la única constancia documental directa vinculada con Karina Milei correspondía a la autorización de ingresos de Davis y Bartosz Lipinski a la Casa Rosada, en julio de 2024. No obstante, el magistrado consideró que esa circunstancia no demostraba la existencia de un acuerdo ilícito.

Además, los peritajes confirmaron que una de las notas investigadas había estado almacenada en la aplicación Apple Notes del dispositivo de Novelli, pero no pudieron establecer que hubiera sido enviada, recibida o aceptada por terceros.

En ese sentido, Martínez De Giorgi concluyó que no se acreditó un intercambio ilícito ni una intermediación remunerada atribuible a Karina Milei.

Archivo de la causa

La resolución también hizo referencia a una decisión de un tribunal federal de Nueva York que, en septiembre, rechazó una demanda civil contra Kelsier Labs y otros involucrados en el proyecto, por fundamentos procesales y de fondo.

Finalmente, el juez dispuso el sobreseimiento de todos los imputados y ordenó el archivo del expediente, mientras permanecen pendientes los recursos judiciales relacionados con la exclusión de las querellas.

Con información de Infobae

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