El Gobierno eliminó subsidios a empresas por pasajes gratuitos, pero ratificó que continuará el beneficio para personas con discapacidad

Este martes fue publicada la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte de la Nación, mediante la cual el Gobierno nacional eliminó el régimen de compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte automotor de pasajeros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a determinados grupos protegidos por la legislación vigente.

La decisión representa un cambio en el esquema de financiamiento del sistema, ya que el Estado dejará de compensar parcialmente a las compañías por estos viajes, aunque desde el Ejecutivo aclararon que la medida no modifica el acceso gratuito al transporte para los beneficiarios y que las empresas seguirán obligadas a garantizar ese derecho.

Hasta ahora, las empresas que prestan servicios interjurisdiccionales recibían aportes económicos por los pasajes emitidos sin cargo a personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera dentro del sistema nacional de trasplantes y niños, niñas y adolescentes con cáncer, beneficios contemplados en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674.

La resolución publicada este martes deroga las normativas que sostenían ese mecanismo desde 2018 y pone fin a un esquema que, según argumentó el Gobierno, respondía a una realidad económica y regulatoria distinta a la actual.

En los fundamentos del expediente se sostiene que el régimen de compensaciones fue creado en un contexto donde existía una fuerte intervención estatal sobre el mercado del transporte y las empresas tenían limitada la posibilidad de definir tarifas. En ese escenario, el Estado intervenía para equilibrar el impacto económico que generaba el otorgamiento de pasajes gratuitos.

Sin embargo, el documento señala que el nuevo marco regulatorio aprobado mediante el Decreto 883/2024 modificó ese esquema al establecer mayor libertad para que los operadores definan recorridos, horarios, modalidades y precios del servicio. Bajo esa lógica, el Ejecutivo entiende que las empresas cuentan actualmente con capacidad para incorporar dentro de sus estructuras de costos las obligaciones legales que implica el transporte gratuito.

Asimismo, el Gobierno remarcó que la eliminación del régimen compensatorio no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad, que continuará siendo plenamente exigible por parte de los usuarios alcanzados por la normativa. Según se indicó, el impacto económico de la medida se limita exclusivamente a la relación financiera entre el Estado y las empresas transportistas.

Para asegurar el cumplimiento del beneficio, la resolución encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) mantener los procedimientos de control y fiscalización necesarios para garantizar la emisión de los pasajes gratuitos.

La medida incorpora una cláusula transitoria destinada a resguardar las situaciones económicas ya generadas antes de la implementación del nuevo esquema.

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