La sanción deberá cumplirse durante los partidos que el equipo de Primera División dispute por el certamen oficial de la máxima categoría.
En la misma resolución, emitida el 2 de septiembre de 2026, el Tribunal otorgó al club un nuevo plazo perentorio e improrrogable de 10 días corridos, contados a partir de la notificación, para cancelar la totalidad de la deuda.
Además, la resolución incluye un fuerte apercibimiento. En caso de que Sportivo Trabajo-Mitre no regularice su situación dentro del plazo establecido, la sanción podrá duplicarse de siete a 14 días de suspensión, sin perjuicio de que las penas continúen incrementándose si persiste el incumplimiento.
Durante el período de suspensión, y de acuerdo con lo establecido por el Reglamento de Transgresiones y Penas, el club perderá tres puntos por cada fecha comprendida en la sanción en caso de disputarse un campeonato por puntos. Asimismo, quedará impedido de jugar partidos amistosos y de ceder o alquilar las instalaciones de su estadio.
De esta manera, la institución deberá regularizar su situación económica con la Liga dentro del plazo fijado para evitar un agravamiento de la sanción.
